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sábado, 16 de febrero de 2013

doble valor del art. de Gonzalo Molina, la reminiscencia histórica y la oportunidad del tema en relación a lo expresado por el Presidente Piñera de Chile


                                                      
Oferta de enclave
Gonzalo Molina

Llegado un historiador chino a París fue requerida su opinión sobre los efectos sociales de la Revolución Francesa, su respuesta fue: “son acontecimientos recientes, deberá pasar un tiempo (dinastías) para calificar su influencia”.  Y esto sucede con los tratados de delimitaciones fronterizas entre países o estados. Muy finamente acabados y protegidos por Ley, resultan ser efímeros y debieran referirse siempre al penúltimo tratado, el siguiente será igual.
La oferta del Presidente Piñera de un enclave costero con plataforma marina  al norte de Arica en caso de que la Corte Internacional de La Haya declare favorable el juicio a favor de Chile, es  curiosamente  muy parecido a otro  procedimiento suscrito el 18 de Mayo 1895 entre el Ministro de Relaciones Exteriores de Chile, Luis Barros Borgoño y el Embajador de Bolivia en Chile Heriberto Gutierrez ofertando Tacna y Arica a Bolivia en caso que resultare favorable a Chile el plebiscito entonces pendiente sobre la soberanía de Tacna y Arica que llegando a un acuerdo, tampoco tuvo efecto. El artículo primero disponía textualmente:
“Si a consecuencia del plebiscito que haya de tener lugar, en conformidad al Tratado de Ancón (con Perú), o en virtud de arreglos directos, adquiriese la Republica de Chile dominio y soberanía permanente sobre los territorios de Tacna y Arica, se obliga a transferirlos a la República de Bolivia, en la misma forma y con la misma extensión que las adquiera sin prejuicio de lo establecido en el artículo II”.  El artículo II estipula que si se verificaba esta cesión, “Chile avanzaría su frontera norte de Camarones a la quebrada de Victor, desde el mar hasta tocar con el límite que actualmente separa esa región” de Bolivia.
El artículo cuarto del Tratado se ponía en caso que el plebiscito en Tacna y Arica le fuera desfavorable y no pudiera cumplir su compromiso de cesión de ambos territorios a Bolivia. En esa eventualidad Chile “se compromete ceder a Bolivia la caleta de Vitor hasta la quebrada de Camarones, u otra análoga y además la suma de cinco millones de pesos de plata, de 2.5 gramos de peso y 9 décimos de fino”.  

El historiador Alberto Crespo Gutierrez escribió “…….. el resultado final tenía que ser la cesión de Arica, de Vitor o, en último caso, de una caleta análoga pero no el enclaustramiento”
El ex Canciller Guillermo Bedregal, refiriéndose a este acuerdo lamentó que por problemas de política interna, dicho Tratado, no fue ratificado.
En la actual coyuntura, el ofrecimiento del Presidente Piñera, Febrero 2013, de un enclave al norte de Arica, sin mayores especificaciones, está también condicionado al fallo de la Corte Internacional de La Haya y no se haría efectivo en caso de que el fallo, no fuera favorable a Chile. No tenemos conocimiento de que el ofrecimiento fuera hecho de manera oficial por  conductos diplomáticos. Sin embargo  destacamos algo que está en el ambiente chileno y fue discretamente mencionado. La Corte Internacional de Justicia de La Haya puede comprometer la posibilidad de una salida soberana al mar a Bolivia.
Pudiera o no ser, lo importante es no perder la brújula, dejemos  de golpear al mismo clavo con el mismo martillo, con nuevos y creativos argumentos ciertamente  encontraremos mejores respuestas y que quede claro, esos novedosos argumentos  están en pleno proceso de maduración.
Cochabamba Febrero 2013.
 Gonzalo Molina Osio
Ex Senador de la República.

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